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Edición 6 | Derechos | Agosto 2021

Derecho de las personas adultas mayores al cuidado

Unidad de Asistencia e Inclusión Social

Dirección General de Integración Social


derechos 01Procurar el desarrollo, bienestar y un nivel de vida digno de manera constante de la población es el principal interés del Estado. En las últimas décadas el mundo ha visto incrementar el número de personas adultas mayores así como la esperanza de vida, dando como resultado el envejecimiento poblacional y generando para los gobiernos la necesidad de asegurar que este sector tenga cubiertas sus necesidades básicas.

Para ello, ha sido primordial institucionalizar las políticas públicas con los recursos necesarios para su operación e implementando mecanismos que permitan la exigibilidad de los derechos de las personas adultas mayores.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 1° consagra el goce pleno de los derechos humanos reconocidos en la misma, así como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Y, ¿en qué tratados internacionales participa nuestro país?

  • En 1982 se llevó a cabo la “Primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento”, cuyo nombre se identifica con la estrecha relación del envejecimiento de los individuos y de las poblaciones en su conjunto.

En este evento los países reunidos reafirmaron solemnemente su convicción de que los derechos fundamentales, consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se apliquen plena e íntegramente a las personas adultas mayores. Reconocieron que la calidad de vida es tan importante como la longevidad y que las personas adultas mayores deben disfrutar en el seno de sus familias y comunidades de una vida plena, saludable, segura y satisfactoria, considerándoles como una parte integrante de la sociedad.

  • El 16 de diciembre de 1991 se adoptaron los Principios de las Naciones Unidas a favor de las personas de edad, exhortando a los gobiernos a incorporarles a sus programas nacionales para establecer condiciones de protección y respeto para las personas mayores:

Independencia: Acceso a programas educativos y de formación adecuados, alimentación, agua, vivienda, vestimenta, vivir en entornos seguros y adaptables, residir en su domicilio (cuando sea posible). 

Participación: Permanecer integrados a la sociedad, participar en la formulación y aplicación de políticas públicas que afectan su bienestar, compartir conocimientos con generaciones más jóvenes.

Cuidados: Disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad, acceso a servicios de salud, sociales y jurídicos; protección y rehabilitación.

Autorrealización: Aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial, acceso a recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos.

Dignidad: Vivir con seguridad y dignidad, libres de explotación y malos tratos físicos y mentales, recibir un trato digno independientemente de la edad, sexo, raza, discapacidad, independientemente de su condición económica.

derechos 02Así mismo, se celebró la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores cuyo objeto es “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce del ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, para contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

En su artículo 12, establece que “la persona mayor tiene derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda; promoviendo que la persona mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia y autonomía”.

Lo anterior quiere decir que los Estados podrán instalar modelos de atención y cuidados que proporcionen servicios básicos orientados en mantener las capacidades de las personas mayores en su máximo posible.

En México, la institucionalidad pública dirigida a las personas adultas mayores ha sido un ejemplo, logrando una legislación de vanguardia para fortalecer a los diferentes grupos sociales y cobrando gran relevancia para las personas adultas mayores.

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) ha contribuido tenazmente con sus Centros Nacionales y Casas Hogar para personas adultas mayores, con la creación de un Modelo Gerontológico y la participación activa en el desarrollo e implementación de políticas públicas en favor de este sector poblacional.


 

María del Rocío
García Pérez

Titular del SNDIF

Retribuir años de esfuerzo de las personas adultas mayores

OPINIÓN

 

Ana Luisa Gamble Sánchez Gavito

Directora de Gerontología

Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores

Cuidados de personas adultas mayores con algún grado de dependencia

COLUMNA INVITADA