¿Qué es y en qué consiste?

Es un apoyo otorgado por el Gobierno de México a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) para brindar servicios funerarios, dirigido a personas y familias que forman parte de grupos de atención prioritaria. Su cobertura es nacional y el trámite es gratuito.

Personas en situación de vulnerabilidad o cuyas familias sean sujetas de asistencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social:

“...Tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, económicas o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.”

¿Qué servicios pueden ser cubiertos?


Rescate del cuerpo de la persona fallecida

Traslado del cuerpo del lugar donde haya sucedido el deceso a la agencia funeraria

Traslado del cuerpo de un estado a otro en todo el territorio nacional

Velación

Inhumación / Cremación

No incluye el servicio de fosa, gaveta, nicho o similar

¿Cuáles son los requisitos?

Cualquier persona o institución pública que conozca de un caso:


Debe enviar un correo a atencionciudadana@dif.gob.mx con el nombre completo de la persona fallecida, de la o el solicitante, domicilio, teléfonos de contacto y descripción de los hechos o razones por las que se hace la petición.

Contar con el certificado o acta de defunción.

Áreas de Trabajo Social de hospitales, fiscalías de justicia e instituciones públicas y privadas de asistencia social


Y todas aquellas que conforme a sus atribuciones, tengan a cargo la tutoría social o similar de las personas en situación de vulnerabilidad, o la disposición del cuerpo de la o el fallecido, en caso de que no haya familiares, pueden solicitar el apoyo cumpliendo con los siguientes requisitos:

Enviar la petición al correo atencionciudadana@dif.gob.mx, con el nombre de la institución pública o privada solicitante y adjuntar la siguiente documentación que acredite la situación de vulnerabilidad de la persona fallecida:

  • Estudio socioeconómico con el que se cuente de la institución hospitalaria o, en su caso, copia de la carpeta de investigación, para el caso de personas en situación de calle.
  • El certificado de defunción en que conste el hecho de ser persona cuyo origen es desconocido, o cualquier otro elemento que acredite tal circunstancia.
* No se podrán hacer peticiones grupales o a través de partidos políticos.

El trámite también podrá ser realizado de forma presencial de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas en las instalaciones del SNDIF (Av. Emiliano Zapata 340, col. Santa Cruz Atoyac, alcaldía Benito Juárez, CDMX)

Aquellas personas que:
  • Cuenten con seguro funerario
  • Estén inscritas en algún programa de asistencia funeraria
  • Dupliquen la solicitud de apoyo
  • Cuenten con otro programa de servicio de gastos funerarios por parte de instituciones gubernamentales federales, estatales o municipales, y que sea cubierto con apoyos o subsidios federales, bajo el mismo objeto o recursos federales transferidos

Para información y orientación llamar al teléfono 55 3003 2200 ext. 3700 y 3702 (Lunes a viernes 9:00 a 18:00 horas) ext. 5394 (24 horas)


Información tomada de los Lineamientos para Otorgar Apoyos para Gastos Funerarios a Población en Situación de Vulnerabilidad, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Consulta el documento completo aquí

Red micrositios SNDIF

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