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Edición 3 | Derechos | Octubre 2020

 

Los derechos de la Primera Infancia, un asunto de Estado

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia


 

derechosEn México la atención de la Primera Infancia constituye un asunto de Estado, por lo que todos los niveles de gobierno, sus instituciones, dependencias, organismos y sociedad civil, asumen el compromiso de respetar, proteger y garantizar los derechos de las niñas y los niños desde su nacimiento, los cuales, hay que subrayarlo, son los mismos que los de cualquier persona en las diferentes etapas de su vida.

Desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos de la Niñez, en 1990, México ha realizado importantes esfuerzos para asegurar su aplicación y generar condiciones óptimas de desarrollo y bienestar para cada niña, niño y adolescente.

Dicha Convención constituye el instrumento jurídico internacional que estableció de manera expresa que cada niño y niña tienen el derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

 

A lo anterior se suma que en 2005 el Comité de los Derechos del Niño emitió la Observación General No. 7, con el objetivo de facilitar a los Estados parte el reconocimiento de que las niñas y niños durante sus primeros años gozan de todos los derechos consagrados en la Convención y que la Primera Infancia es un periodo esencial para la realización de estos derechos.

Como responsables del cuidado de las niñas y los niños, la madre o las madres, el padre o los padres, las y los familiares, cuidadores y la sociedad en general, son el conducto para que ellas y ellos puedan disfrutar y ejercer de los mismos.

En la Primera Infancia, que en México está considerada desde el nacimiento hasta los cinco años con 11 meses, las niñas y los niños son titulares de los mismos derechos humanos que tienen todas las personas.

derechos cambioPara hacer efectiva esta protección y, en su caso, restitución de los derechos de las niñas y los niños, se han impulsado diferentes instrumentos como son:

  • Las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 2011, en las que se establece que todas las decisiones y actuaciones del Estado deben garantizar los derechos humanos y la protección de las personas; y la de 2014, que obliga a las autoridades a velar por el principio del Interés Superior de la Niñez y al cumplimiento de sus derechos;
  • La aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) en 2014;
  • La creación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) en 2015, como un mecanismo de coordinación de las políticas de niñez y adolescencia en México;
  • La creación de las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, para la coordinación de medidas de protección especial para la niñez y la adolescencia en situación de vulnerabilidad, y para su representación en procedimientos jurídicos y administrativos;
  • La Estrategia Nacional de Atención a la Primera Infancia;
  • La aprobación, el 30 de abril de 2019, de una Política Integral de Atención a la Primera Infancia, y
  • El Acuerdo Educativo Nacional.

De esta manera, México cuenta con un robusto marco jurídico a través del cual el Estado asume su responsabilidad de apoyar a las madres, los padres, a las y los adultos responsables de niñas y niños para garantizar el disfrute, ejercicio, respeto y, en su caso, restitución los derechos humanos durante la Primera Infancia.

 


 

María del Rocío
García Pérez

Titular del SNDIF

Atención a la Primera Infancia: Fortaleciendo a México

OPINIÓN

 

Save the Children

Cuidado Infantil y Educación Inicial

COLUMNA INVITADA



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